Si llevas años pagando cuotas pero tu deuda no termina nunca, es muy probable que tengas una tarjeta revolving. La única manera de dejar de sumar intereses y acabar con la deuda perpetua es dejar de usarla y cancelar el contrato.

Nueva normativa sobre Tarjetas Revolving en 2023

Recientemente el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, en la Sentencia de 258/2023, de 15 de febrero, ha fijado algunos criterios para este tipo de operaciones de tarjeta de crédito revolving, y lejos de cerrar la puerta a este tipo de reclamaciones ha clarificado los criterios anteriores, garantizándonos mayor seguridad.

Concretamente ha señalado cuándo un contrato de tarjeta revolving es nulo por Usura y puede reclamarse, y lo ha hecho con un criterio muy objetivo: cuando el tipo de interés (TAE) de estos contratos tenga más de seis puntos porcentuales sobre el tipo medio de mercado que publica el Banco de España.

Recordemos además, que el 2 de enero de 2021 entró en vigor la nueva normativa sobre tarjetas revolving. La finalidad de la orden ministerial es dar mayor claridad y transparencia a la comercialización de este tipo de productos financieros. Por ello se exige a las entidades bancarias un estudio previo de solvencia y la obligación de dar información no sólo precontractual (contratos formalizados tras la entrada en vigor) sino también información periódica trimestral y adicional, esto último también se aplicará a los contratos formalizados antes del 2 de enero.

Las entidades financieras siguen incumpliendo en su mayoría. Desde que entró en vigor deben cumplir con estos requisitos pero los contratos firmados con anterioridad mantendrán los intereses desproporcionados, la única manera de deshacerte de la deuda perpetua que ocasionan es anulando el contrato.

Si te has visto afectado por el cártel de coches, no lo dudes CONTACTA YA  y un abogado especializado te ayudará a solicitar tu indemnización por el dinero que pagaste de más.

Marcas que forman el cártel de coches

Los fabricantes de coches afectados son los siguientes:

Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo.

¿Qué es el cártel de coches?

El Tribunal Supremo está ratificando las multas que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso en 2015 a  34 marcas de coches por haber creado un cártel en España. Fueron acusados de, mediante un acuerdo, haber intercambiado información confidencial para controlar el mercado de la distribución y venta, lo que iba en contra de la competencia y de los consumidores, ya que los fabricantes implicados suponen un 90% de la cuota del mercado del motor.

¿Quiénes son afectados por el cártel de coches?

Son afectados por el cártel de coches y, por tanto, pueden reclamar indemnización, todas aquellas personas que adquirieron un vehículo ya fuese por compra, leasing o renting entre los años 2006 y 2013, de cualquiera de las marcas que conforman el cártel de los coches. No solo afecta a particulares sino a autónomos y empresas también.

Si compraste el coche en estas fechas eres un afectado por el cártel y puedes reclamar la indemnización correspondiente aunque lo hayas vendido posteriormente.

¿Cuáles son las indemnizaciones por el cártel de vehículos?

Aunque el sobrecoste depende del vehículo y el modelo comprado, se estima que las indemnizaciones podrían alcanzar hasta el 15% del precio del vehículo adquirido.

Proceso de reclamación por el cártel de coches y tiempo que lleva

Se reclama el sobrecoste sufrido por cada comprador, cuyo resarcimiento se reclama en demanda judicial que debe ir acompañada de un indispensable informe pericial, que cuantificará el sobrecoste sufrido y por tanto la indemnización a reclamar. Esta demanda ha de presentarse en el Juzgado de lo Mercantil.

Plazo para reclamar por el cártel de coches 

El plazo de prescripción es de 5 años según ha informado el TJUE, y debe comenzar a contar desde la fecha de cada una las sentencias que el Tribunal Supremo dictó contra cada marca.

Documentación necesaria

Para iniciar la reclamación y pedir la indemnización que te corresponde has de aportar la siguiente documentación:

  • Contrato de adquisición del vehículo con el concesionario/distribuidora (leasing, renting, compra-venta)
  • Factura de adquisición del vehículo (si se compró) o justificante de pago (transferencia bancaria) o póliza suscrita con la entidad financiera en caso de leasing o contrato de renting.
  • Ficha técnica del vehículo o Permiso de circulación del vehículo.

¿Te han incluido en un fichero de morosos o sospechas que puedes estarlo?

Te ayudamos a salir del fichero de morosidad y solicitamos una indemnización si han incluido tus datos indebidamente​.

¿Qué son los ficheros de morosos?
Los ficheros de solvencia patrimonial, comúnmente conocidos como ficheros de morosos, son utilizados por las entidades de crédito (bancos, cajas, aseguradoras…) para evaluar la solvencia económica de los interesados y contribuir a mejorar la solvencia del sistema financiero y facilitar el tráfico mercantil. Sin embargo, en los últimos años estos ficheros se emplean como instrumento coactivo hacía los deudores para que paguen lo que ha supuesto que las reclamaciones por inclusión indebida se hayan incrementado.

¿Cuáles son los requisitos para incluir mis datos en un fichero de morosos?

Para que la inclusión de los datos sea válida, se han de dar una serie de requisitos:

  • Deuda cierta, vencida exigible y que resulte impagada.
  • Que no tenga una antigüedad superior a 5 años.
  • Que se haya requerido de manera fehaciente el pago de la deuda.
  • Que se haya comunicado la inclusión en el fichero.

La falta de alguno de estos requisitos supone que la inclusión sea indebida. Además, si la deuda está siendo discutida no se puede incluir en los ficheros; es decir, sólo es lícita la inclusión cuando el deudor no puede o no quiere de manera injustificada pagar su deuda.

El primer paso es identificar por qué deuda te han incluido en el fichero de morosos. Si no lo sabes, no pasa nada, contáctanos y te ayudamos salir de dudas.​

En cambio, si ya sabes por qué deuda te han incluido, podemos ayudarte con el segundo paso, que consiste en gestionar la salida del fichero.​​

Finalmente, si tus datos se han incluido de forma indebida tienes derecho a recibir una indemnización. Para conseguirla podemos asesorarte y ayudarte a solicitarla. ​

No lo dudes, CONTACTA YA y nos encargamos de todo

¿Puedo reclamar una indemnización por esta inclusión indebida?

SÍ. Para solicitar una indemnización se interpondrá la correspondiente demanda por intromisión indebida en el derecho al honor causado por la inclusión indebida en los ficheros de morosos. Se podrá interponer o bien ante la entidad acreedora, ante el fichero o contra ambas.

La cuantificación de la indemnización se calcula de manera independiente a la deuda que se imputa. Se calculará en virtud de una serie de parámetros como son el tiempo que se ha estado incluido en el fichero, el número de consultas por terceras empresas o el número de gestiones infructuosas que se han llevado a cabo para la eliminación de los datos.

Pero hemos de tener en cuenta que son los Jueces y Tribunales quienes fijarán la cuantía de esta indemnización.

¿Qué es el IRPH?

El IRPH o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, confeccionado por el Banco de España, es uno de los tipos de interés más utilizados en nuestro país junto con el Euribor. Las hipotecas referenciadas a este índice poseen un tipo de interés muy elevado que se extrae haciendo una media de los intereses aplicados por cajas de ahorro y bancos.  Sobre este índice planea la sospecha de la falta de transparencia en su comercialización por parte de los bancos. La causa fue llevada al ámbito de la Unión Europea después de que el Supremo no lo considerara abusivo.

¿Cómo puedo saber si tengo IRPH en mi préstamo?

Es muy sencillo. Solo tienes que buscar en tu escritura, normalmente el apartado 3. Tipo de interés. También como: 3. Intereses ordinarios; TERCERO bis. Tipo de interés variable.

Con una redacción así o similar: TERCERA BIS. (Tipo de interés variable). El tipo de interés nominal a aplicar a partir de cada fecha de revisión, estará compuesto por el índice de referencia conocido como “tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años del conjunto de entidades…”

¿Por qué es abusivo?

¿Hubieras firmado tu hipoteca si te llegan a ofrecer toda la información, si te hubieran explicado que con el IRPH siempre ibas a pagar más que con otros indices, como el Euribor?¿Hubieras firmado tu hipoteca si sabes que el Banco de España indicó a los bancos que los préstamos con IRPH debían ir acompañados de un diferencial negativo, cuando a ti te aplican uno positivo?

¿Qué se reclama? ¿Qué puedes conseguir?

Por ejemplo: para una hipoteca de 170.000 euros a devolver en 25 años, con tipo de interés variable de IRPH + 0,8% de diferencial, una familia puede recuperar 38.000€

Es indiferente si tu hipoteca está en pesetas, si hace años que la contrataste o si ya la terminaste de pagar, no existe ningún plazo para reclamar.